JCE declaró inadmisible la objeción del PLD contra candidatos “tránsfugas”
El Pleno de
la Junta Central Electoral (JCE) aprobó en su sesión de ayer varias
resoluciones en las que no admite la objeción del Partido de la
Liberación Dominicana (PLD) contra 176 candidatos, establece el método a
utilizar para la transmisión de los resultados electorales y la
distribución de los recursos a los partidos políticos.
El Pleno
declaró inadmisible el recurso que sometió el PLD contra 176
candidaturas municipales de todo el país, alegando que se trata de
postulantes “tránsfugas”, y argumentó que no es competencia suya conocer
de las objeciones a candidaturas que fueron admitidas por las juntas
municipales y que esa es potestad del Tribunal Superior Electoral.
Sobre
la transmisión de los resultados electorales los miembros del Pleno
aprobaron una modificación al numeral 6 del artículo 8 de la resolución
sobre votación manual y voto automatizado (01-2020) en lo que respecta a
la divulgación de los resultados y ratificaron el resto del contenido
de dicha resolución.
Por
consiguiente, el 16 de febrero próximo, “se emitirán boletines
oficiales para que en lo adelante sean dados a conocer públicamente, a
partir de las dos horas luego de la hora oficial del cierre de los
colegios electorales o cuando se haya recibido por lo menos el 50% de
los resultados de los colegios electorales en cada municipio, de manera
independiente, de conformidad con el artículo 245 de la Ley Orgánica del
Régimen Electoral”.
Aclara que estos resultados tendrán un
carácter preliminar hasta tanto las juntas electorales concluyan el
cómputo de sus respectivas demarcaciones, momento a partir del cual
serán definitivos.
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