miércoles, 2 de febrero de 2022

¿Qué deseas saber sobre la disolución de Bancamérica?


 

La Junta Monetaria dispuso la disolución del Banco Múltiple de las Américas, S. A. (Bancamérica), entidad que se encontraba bajo un régimen de supervisión especial desde 2019, siguiendo un plan de regularización que no cumplió.

Hay una serie de preguntas que podrían surgir relacionadas con esa decisión, adoptada por la Superintendencia de Bancos (SB) en atención a lo establecido en el artículo 62 de la Ley número 183-02 Monetaria y Financiera del 21 de noviembre de 2002, relativo a las causas de disolución.

La SB habilitó un espacio en su página de internet en la que hay respuestas a esas interrogantes, que podrían tener tanto los ahorrantes como los agentes económicos y el público en general

El objetivo es orientar a los usuarios. Las preguntas con sus respuestas son estas:

  1. ¿Qué está pasando con Bancamérica en estos momentos?

La Superintendencia de Bancos (SB) tomó control de esta entidad para iniciar su disolución, conforme a lo dispuesto por la Junta Monetaria en su Segunda Resolución del 28 de enero de 2022. Se trata de un proceso de salida ordenada del sistema establecido en la Ley Monetaria y Financiera.

  1. ¿Qué significa que la superintendencia tiene control de la entidad?

Significa que, durante el período de disolución, el personal designado por la Superintendencia de Bancos ejercerá las funciones y facultades de los accionistas, del consejo de administración, los gerentes, administradores y apoderados generales de la entidad.

  1. ¿Qué ha hecho la SB para proteger a los ahorrantes?

La Superintendencia de Bancos ha mantenido un seguimiento continuo de la situación del banco para actuar oportunamente, conforme indica la ley, en procura de salvaguardar los depósitos del público.

  1. ¿Qué hará la SB con la entidad a partir de ahora?

La Superintendencia de Bancos tomó el control de la entidad para disolverla. Inicialmente, durante este proceso, verificará los activos (préstamos, inversiones, inmuebles, entre otros) y pasivos (depósitos y otras obligaciones con terceros) para transferirlos a otra entidad de intermediación financiera mediante un proceso de licitación transparente y competitivo, dentro de los próximos 30 días.

  1. ¿Por qué la entidad está en proceso de disolución?

La disolución fue dispuesta por la Junta Monetaria mediante su Segunda Resolución del 28 de enero de 2022. La medida se debió a que el banco incumplió con disposiciones legales y normativas en el marco de un plan de regularización.

  1. ¿La entidad seguirá prestando servicio bajo el control de la SB?

Al momento de iniciar el proceso de disolución se suspenden las operaciones de la entidad. Las sucursales permanecerán abiertas para el ejercicio de determinadas actividades, tales como el cobro de préstamos y tarjetas de crédito o el ofrecimiento de información al público y, a partir del  7 de febrero de 2022, la validación de los depósitos.

  1. ¿Qué es la validación de los depósitos?

La validación es el proceso mediante el cual se verifica la titularidad de los depósitos. Para que este proceso fluya es importante que los usuarios presenten las evidencias correspondientes, tales como certificados de depósito originales, libretas de ahorros, tarjetas de débito, cédula de identidad, entre otros documentos.

  1. ¿Qué garantía tienen los usuarios de que se les va a devolver su dinero?

Los depósitos del público en las entidades de intermediación financiera autorizadas están garantizados implícitamente hasta un monto de RD$1,860,000 (un millón ochocientos sesenta mil) por depositante. El 98.1% de los depositantes de la entidad tiene ahorros por debajo de este umbral.

  1. ¿Qué pasa si los depósitos superan los RD$ 1,860,000?

En caso de que los depósitos de un usuario superen esta suma, la diferencia será cubierta en la medida en que los activos de la entidad sean realizados (es decir, que sean vendidos). La Superintendencia de Bancos vela por la preservación del valor de los activos con el propósito de que los depositantes experimenten el menor impacto posible.

  1. ¿En cuánto tiempo los ahorrantes tendrán acceso a sus recursos?

El plazo de la disolución se encuentra reglamentariamente establecido en un período de hasta 30 días, prorrogables por 30 días adicionales. A partir del cierre del proceso de disolución, los  usuarios podrán tener acceso a sus recursos conforme a las disposiciones de la ley.

 

CREDITOS AL CARIBE

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