Reglamento de Ley 155-17 plantea regulaciones sectoriales contra lavado
NACIONAL
SANTO DOMINGO. Ya inició el proceso de consulta pública del Reglamento de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, documento que plantea la definición de normas sectoriales para adecuar los procesos a la realidad de cada actividad.
De tal manera, no solo será la ley general y sus reglamentos los que marcarán las pautas en materia de prevención de blanqueo de activos, sino también regulaciones para los diferentes sectores que estarán afectados por la entrada en vigencia de los nuevos procedimientos legales.
Así lo indica en su disposición final el borrador de reglamento que ahora se discute. Otro de los aspectos definidos en la propuesta es el plazo de un año que podría otorgarse a los sujetos que están obligados a reportar operaciones sospechosas de lavado de activos para que actualicen las informaciones de sus clientes actuales.
Pero el reglamento, aún sujeto a cambios, no define plazos adicionales de adecuación, algo que sectores afectados consideran esencial para alistarse. Además de la banca, sectores como la construcción, inmobiliario y automotor, entre otros, y los notarios y registradores fungen como sujetos obligados por la Ley 155-17, lo que significa que, en algunos casos, están obligados a investigar el origen de los recursos que pasen a través de ellos y reportar cualquier situación sospechosa de sus clientes, proveedores o empresas interesadas en cerrar tratos comerciales.
En este sentido, el presidente de la International Fiscal Association-RD, José Salas, dijo que el país no está preparado para la Ley 155-17 que ya entró en vigencia.
“La verdad, estamos muy poco preparados. Hay muchas dudas sobre lo que hay que reportar y lo que no. Esperamos que el borrador de reglamento lo aclare”, dijo Salas.


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