Proyecto de Ley busca condenados por abuso infantil no trabajen cerca de menores
Una persona condenada por violación, proxenetismo, adicta a las drogas y al alcohol o incluso que padezca de enfermedades mentales, quedaría inhabilitada para ejercer cualquier profesión u oficio que involucre su interacción con menores de edad.
Esta inhabilitación está contenida en el proyecto de ley que crea el Régimen de inhabilidades para ejercer profesiones, oficios y empleos relacionados con la educación, orientación, cuidado e instrucción de menores de edad y personas con condiciones especiales, que actualmente cursa en la Cámara de Diputados.
El artículo dos destaca que las inhabilidades deberán ser aplicadas únicamente en las instituciones públicas o privadas que presten servicios educativos, deportivos y culturales a las que concurran menores.
Atendiendo a su alcance, no podrán ejercer la profesiones, oficios y empleos antes descritas los condenados por los siguientes delitos:
Acto sexual violento
Acceso carnal abusivo con menor de dieciocho años
Actos sexuales con menor de dieciocho años
Acceso carnal o acto sexual abusivos con incapacidad de resistir
Inducción a la prostitución
Constreñimiento a la prostitución
Trata de personas
Estímulo a la prostitución de menores
Demanda de explotación sexual comercial de persona menor de 18 años de edad
Pornografía con personas menores de 18 años
Turismo Sexual


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