martes, 15 de febrero de 2022

Reforma constitucional cortaría lazos de los partidos y los tribunales


 

La propuesta de reforma constitucional presentada por el Poder Ejecutivo ante el Consejo Económico y Social (CES) contempla que los jueces de las Altas Cortes, como los de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y del Tribunal Superior Electoral (TSE), así como los miembros y suplentes de la Junta Central Electoral (JCE) y los miembros de la Cámara de Cuentas (CC), no puedan haber estado inscritos en un partido político durante los últimos cinco años antes de su designación.

Las propuestas sugieren modificar en ese sentido los artículos 153, 212, 215 y 249 de la Ley Sustantiva de la Nación.

Por ejemplo, al citar el artículo 153, propone agregarle el numeral 5 para que diga: “Que establezca como requisito para ser juez de la Suprema Corte de Justicia que, durante los cinco años previos a su designación, la persona no haya estado inscrita en un partido político ni haya realizado actividades de proselitismo político de manera notoria, reconocida y constante”.

Además, la propuesta para reformar la Carta Magna busca incrementar el plazo para que el Poder Ejecutivo pueda promulgar las leyes orgánicas de 10 a 30 días y en el caso de las orgánicas que sean declaradas de urgencia de cinco a 15 días.

En el caso de las leyes ordinarias, se procura aumentar de 10 a 20 días el plazo máximo para su promulgación y si éstas son declaradas de urgencia, ese lapso sería incrementado de cinco a 10 días.

Las sugerencias de modificaciones a la Ley Sustantiva de la Nación a los artículos 101 y 102 de la Ley de Leyes establecen en el inciso 3 que “en la comunicación de remisión al Poder Ejecutivo se deberá indicar el tipo de ley de que se trata, así como si el asunto fue declarado de urgencia previamente; de lo contrario, la promulgación u observación del Poder Ejecutivo podrá hacerse en el plazo máximo de 30 días”.

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