martes, 19 de octubre de 2021

Activismo político lleva a JCE a regular la etapa previa a la precampaña

 


Tras un fin de semana desbordado por un activismo político en diferentes puntos del país, la Junta Central Electoral (JCE) reguló ayer la etapa previa a la precampaña con una resolución, en la que establece controles para el proselitismo de los partidos y el uso de las redes sociales.

Conforme a la Ley 33-18 de Partidos Políticos, las organizaciones deberían iniciar sus actividades proselitistas internas en el mes de julio del año 2023, lo que llevó a la JCE a dictar una regulación del tiempo previo con la intención de fiscalizar y aplicar las sanciones por incumplimiento.

En consecuencia, la resolución 28/2021 dispone que durante el período previo a la precampaña, los aspirantes a precandidaturas podrán celebrar reuniones a lo interno de los locales de sus partidos, en lugares cerrados y áreas restringidas donde no se obstaculice el libre tránsito ni se interrumpa las actividades que habitualmente realiza la ciudadanía.

Estará prohibida la colocación de vallas, afiches o cruzacalles en las que se pueda verificar la propuesta de precandidatura o el cargo al que se pretende aspirar, salvo ser colocadas en el interior de los locales partidarios, y no sean visibles al exterior.

Además, en cuanto a la promoción y reconocimiento por parte de las agrupaciones de los aspirantes como precandidatos o candidato para ninguno de los niveles de elección y la colocación de mensajes promocionales en monitores o pantallas electrónicas externas, se permitirán cuando sean exhibidas en el interior de los locales de los partidos.

Tampoco se pueden utilizar altoparlantes, bocinas y disco light promocionando a los aspirantes ante la población; ni colocar mensajes de índole política en los medios radiales, televisivos, medios de mensajería instantánea entre otros; ni producir camisetas, gorras, banderas y cintillos promocionales. Se podrán usar en actividades internas.

De igual modo, está prohibido realizar mítines, caravanas y concentraciones de personas en lugares públicos; contratar publicidad o propaganda a través de los medios de comunicación; difundir encuestas y sondeos.

En el caso de la contratación de publicidad y promoción, a través de las redes sociales como Facebook, Twitter, Instagram, TikTok, YouTube, la JCE podrá conminar al retiro inmediato al titular de las cuentas o a través de la prestadora del servicio correspondiente.

 

CREDITOS A DIARIO LIBRE

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