lunes, 14 de diciembre de 2020

Mediante resolución la institución estableció un plazo de 30 días para el registro de la adenda o contrato ante la Dirección de Trabajo


 

El Ministerio de Trabajo anunció la extensión del plazo para registro en esta institución de los contratos o adendas de teletrabajo como modalidad especial de trabajo y establecimientos.

La institución emitió la Resolución 27-2020, la cual tiene por objeto modificar algunos de los aspectos de la Resolución 23-2020 sobre regulación de teletrabajo como modalidad especial de trabajo en los párrafos II y III del artículo tercero.

El párrafo II especifica que: Los acuerdos de teletrabajo deben ser comunicados a la Dirección General de Trabajo (DGT), la cual llevará el registro de estos, adicional al formato por escrito estipulado en el artículo tercero de esta resolución.

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