Altagracia Paulino solicita al CNSS emitir resolución que ordene a AFP entrega de fondos a empleados
Altagracia Paulino dijo hoy que el Observatorio Nacional
para la Protección del Consumidor (ONPECO) entidad que ella preside,
asumirá ante todas las instancias posibles, la defensa de un grupo de
personas mayores de 60 años que reclaman a la Administradoras de Fondos
de Pensiones (AFP), la devolución total de sus ahorros.
Paulino refirió que se hace necesario y justo que el Consejo Nacional
de la Seguridad Social (CNSS) emita una resolución en la que autorice
que todo aquel afiliado que le faltare seis meses para cumplir los 45
años, se le reconozca de inmediato el derecho a recibir los ahorros que
acumularon desde el momento de entrada en vigor de la Ley 87-01 que
regula el Sistema de la Seguridad Social en nuestro país.
La exdirectora del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor)
dijo que la resolución 362-14 del CNSS establece que para la devolución
total de sus ahorros al afiliado de ingreso tardío, éste debe primero:
haberse afiliado al sistema con 45 años o más de edad; segundo: contar
con la edad de sesenta (60) años al momento de la solicitud de la
devolución de sus ahorros y tercero: estar cesante por lo menos los tres
meses anteriores a la fecha de la solicitud.
Las AFP, sustentadas en la indicada resolución, la cual no están por
encima de la ley y mucho menos de los mandatos constitucionales,
continúan negándoles a los afiliados, la devolución de sus ahorros por
solo faltarles días para cumplir con la citada edad (45 años) al momento
de su afiliación, expresó la exfuncionaria.
Señaló que la edad límite para declarar el ingreso tardío debería ser
36 años y no 45, en razón de lo injusto, perjudicial e inconstitucional
que resulta aplicarlo a los ciudadanos, ya que ningún afiliado
ingresando con 45 años, o próximo a cumplirlos, podrá cotizar las 360
cuotas requeridas por la Ley 87-01.
La también periodista apuntó que esa injusticia puede ser subsanada
con una resolución del CNSS, que es la instancia última donde el grupo
de personas afectadas podría encontrar la justicia que se le niega por
fracciones de tiempo; y que no le afectaría a las AFP, que son las que
manejan los miles de millones de pesos de los ahorros de los
trabajadores.
Cuando se niega un derecho legítimo, los responsables de aplicar la
Ley deben revisar hasta dónde se violan derechos fundamentales como es
el derecho a la vida, a la salud y la prerrogativa constitucional del
Estado llamado a proteger a sus ciudadanos, subrayó Paulino.
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