Tras renuncia de Hugo Beras, ¿qué pasará ahora en la boleta alcaldía del PRD?
El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César
Castaños Guzmán, explicó hoy que la Ley 15-19 sobre Régimen Electoral
establece cuál es el procedimiento que la entidad debe de seguir en
cuanto al caso de Hugo Beras, quien presentó renuncia a su candidatura a
la alcaldía del Distrito Nacional.
“La ley establece el procedimiento, una vez ya conformadas las
boletas, las mismas no se pueden modificar. En esas eventualidades, en
esos espacios las sumatorias corresponderían a la persona quien lo
sustituya”, expresó Castaños Guzmán en declaraciones a la prensa.
La Ley 15-19 en su artículo 146, párrafo dos, establece que si la
muerte, renuncia, inhabilitación o rechazo de uno o más candidatos
ocurriere cuando ya no fuere posible imprimir en las boletas los nombres
de los candidatos designados para reemplazarlos, los votos que sean
emitidos a favor de los candidatos muertos, renunciantes, inhabilitados o
rechazados serán computados en favor de los nuevos candidatos
propuestos por el partido político correspondiente.

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