Ejecutivo podrá colocar valores por RD$246,295,821,767

El monto de emisión podrá ser cubierto por otras fuentes financieras, de presentarse condiciones favorables para el Estado en la contratación. La decisión fue ofrecida por la Presidencia de la República en un comunicado.
La Ley 512-19 explica que el objetivo es otorgar la aprobación
congresual al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, que
determinará la modalidad de colocación.
La ley autoriza al Poder Ejecutivo para que, en atención a la favorabilidad de las condiciones financieras del mercado, pueda disponer la emisión y colocación, de una parte, o de la totalidad, de la deuda en los mercados internacionales o en el doméstico de capitales, en pesos o en la moneda de la emisión y colocación más favorable al país.
Expone que los recursos de la emisión deberán ser transferidos a la Tesorería Nacional, que deberá trazar las estrategias financieras que minimicen el costo de acarreo de la operación.
La ley autoriza al Poder Ejecutivo para que, en atención a la favorabilidad de las condiciones financieras del mercado, pueda disponer la emisión y colocación, de una parte, o de la totalidad, de la deuda en los mercados internacionales o en el doméstico de capitales, en pesos o en la moneda de la emisión y colocación más favorable al país.
Expone que los recursos de la emisión deberán ser transferidos a la Tesorería Nacional, que deberá trazar las estrategias financieras que minimicen el costo de acarreo de la operación.
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