TC rechaza quitar facultad actas TSE
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados (CARD) contra el numeral 6 del artículo 13 de la Ley número 29-11, Orgánica del Tribunal Superior Electoral, que faculta al TSE para conocer de las rectificaciones de las actas del Estado Civil que tengan un carácter judicial, de conformidad con las leyes vigentes.
Las acciones de rectificación serán tramitadas a través de las Juntas Electorales de cada municipio y el Distrito Nacional.
El argumento del gremio de abogados para solicitar la declaratoria de inconstitucionalidad de este acápite de la Ley, es que el mismo es violatorio de los artículos l 69.1, 149 y 214 de la Carta Magna.
En su acción de inconstitucionalidad, el presidente del CARD Miguel Surum, dice que esa es una atribución de tribunales del Poder Judicial, del cual no es parte el TSE.
El rechazo a las pretensiones del CARD contiene votos particulares de los jueces del TC.
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