Servicios domésticos y la ley de inmigración de EE UU
INTERNACIONAL
Desde
los ciudadanos de los EEUU hasta los que tienen una visa de no
inmigrante – todos tienen acceso a solicitar que el personal de servicio
doméstico pueda viajar con ellos temporalmente a los Estados Unidos a
cumplir con sus funciones. En el caso de los ciudadanos de los EEUU,
tienen que probar que su estadía va a ser temporal, y que en
consecuencia, la estadía del personal doméstico va a ser temporal
también. Sin cumplir con ese requisito, no será posible que la visa de
no-inmigrante le sea aprobada al personal doméstico. En el caso de los
residentes legales permanentes, no tienen derecho a solicitar que se les
permita llevar temporalmente ningún personal de servicio doméstico.
En el caso de las personas que tienen visas de no-inmigrante, tienen que probar también que la estadía de todos será temporal. Lo más importante en cada caso es que el salario, de acuerdo con el estado donde van a visitar, sea pagado. Esto a menudo es sujeto de controversia y confusiones, y es una poderosa razón para que incluso al titular de la visa principal, le sea cancelada la visa. En estos momentos, lo que más se valora es la solvencia económica que tiene la persona que va a solicitar el servicio, junto con la veracidad de él. Sin embargo, esta Administración ha llegado al extremo de negar visas porque entiende que debe solicitarse ese servicio dentro de los EE UU, por aquello de Buy American, Hire American – Compra en los Estados Unidos, contrata en los EEUU.
Esto es un verdadero perjuicio para los aplicantes, que no pueden y no deben verse obligados, por una corta estadía, a solicitar servicios de personas que no conocen y que no son de su confianza.
En el caso de las personas que tienen visas de no-inmigrante, tienen que probar también que la estadía de todos será temporal. Lo más importante en cada caso es que el salario, de acuerdo con el estado donde van a visitar, sea pagado. Esto a menudo es sujeto de controversia y confusiones, y es una poderosa razón para que incluso al titular de la visa principal, le sea cancelada la visa. En estos momentos, lo que más se valora es la solvencia económica que tiene la persona que va a solicitar el servicio, junto con la veracidad de él. Sin embargo, esta Administración ha llegado al extremo de negar visas porque entiende que debe solicitarse ese servicio dentro de los EE UU, por aquello de Buy American, Hire American – Compra en los Estados Unidos, contrata en los EEUU.
Esto es un verdadero perjuicio para los aplicantes, que no pueden y no deben verse obligados, por una corta estadía, a solicitar servicios de personas que no conocen y que no son de su confianza.
Campos interactivos en el formulario DS 160
Dependiendo
de si usted es mujer, si es hombre, si es un menor o mayor de edad,
este formulario va cambiando, va pidiendo datos e informaciones
diferentes. Son muchos los casos en los que una visa es negada porque
las personas que se presentan en una ventanilla no tienen idea de lo que
han presentado en el formulario. Incluso, cambiar informaciones puede
ser peligroso si no se hace adecuadamente. Para hacer las cosas peores,
hay informaciones que no salen cuando usted imprime el formulario
completo. Uno se pregunta entonces cuál es el propósito de esto, qué se
esconde detrás de una tecnología tan imprecisa. Lo que a veces una
persona ve simple, realmente no lo es. Por eso es aconsejable que antes
de solicitar o de renovar, solicite información general sobre su caso,
para ver qué tanto han cambiado sus condiciones y qué tanto puede ser
afectado usted por esos cambios o por sucesos en su vida que pueden
tener implicaciones directas en su solicitud.
FUENTE: DIARIO LIBRE
0 Comentarios:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.
Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]
<< Página Principal