Infracciones para aquellos que manejan bajo la influencia de drogas
NACIONAL
Estas
infracciones son conocidas como DIU –driving under the influence. Hace
ya más de un año, el Departamento de Seguridad Nacional junto con el
Depto. de Estado, han prestado especial atención a este tipo de casos.
Es común que después de este tipo de infracción –aun haya pasado mucho
tiempo– usted sea llamado al Consulado, ya que las instrucciones que
tiene el Manual de Asuntos Extranjeros es que debe revocar su visa, de
manera provisional. La previsión que permitía que se le reconsiderara
la visa en la misma entrevista, ya no existe. Deberá hacer una nueva
cita después de la cancelación de esa visa, para explicar su caso y
probar que no es inelegible por el artículo de la Ley de Inmigración de
EEUU que se refiere a los problemas de salud.
Peticiones para familiares en la Oficina USCIS República Dominicana
Aunque
la hoja de USCIS en EEUU no lo indica en la parte de las oficinas
internacionales que le corresponde a RD, el proceso para depositar
peticiones ha cambiado en RD. En la actualidad, hay que hacer una cita
para los depósitos, pero el sistema es lento y hay que esperar varias
semanas para tener acceso a una cita. Hay que revisar todos los días,
varias veces al día, para poder conseguir una cita para estos fines. A
veces, este proceso tarda más de 1 mes. Quiere decir, que para hacer
uso del beneficio de poder tener cita rápidamente, debe esforzarse para
concretarla lo antes posible: con el sistema de hoy, es posible
terminar un proceso de residente de cónyuge de ciudadano de los EEUU o
hijo menor de edad, en menos de cuatro meses.
Peticiones para familiares en la Oficina USCIS República Dominicana
Esto
es posible de varias formas, pero la más fácil es cuando se pueden
probar los años de presencia física del padre o madre ciudadano
americano. Si ya obtuvo esta ciudadanía para un hijo, es posible
pedirle al Departamento de Estado una copia de los documentos utilizados
para esa ciudadanía, ya que para el hijo menor se pueden utilizar los
mismos documentos que fueron sometidos. Aunque este es un proceso un
poco lento (entre 6 y 8 meses), siempre es posible hacerlo. Esto
resulta particularmente importante cuando el hijo menor ha sido
reconocido y el padre/madre ha fallecido. Ante la imposibilidad de
obtener estos documentos directamente del padre o madre fallecido/a, el
problema se soluciona fácilmente de ese modo. En el peor de los casos,
puede hacerse el proceso a través de un abuelo/abuela ciudadano/a
americano.
DIARIO LIBRE
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