En lo adelante no se podrá cambiar visa por residencia en USA
INTERNACIONAL
La regla de los 30/60 días
después de la entrada a territorio de los Estados Unidos ha sido
cambiada, así como la regla que disponía que cambios después de los 90
días prácticamente no habrían sospechas. Con los nuevos cambios,
cualquier persona que busque ajustar status o cambiar status podrá ser
sujeto de investigaciones que podrían terminar con deportación.
Esto es así porque se le acusaría de
haber dicho que iba a entrar a EUA para visitar familiares, para tal o
cual negocio, pero en verdad, su verdadera intención era quedarse para
ser pedido en residencia.
Si los cambios se efectúan después de
los 90 días, en principio no hay falsa representación, pero sí aparecen
elementos que hagan concluir que usted dijo una cosa por otra – por la
famosa razón para creer – entonces se puede investigar la conducta y el
Oficial Consular está obligado a solicitarle un Advisory Opinion u
Opinión Consultiva al Departamento de Estado.
Y como las personas normalmente quiere
ajustar status por matrimonio con un ciudadano (aunque en ciertas
condiciones, también pueden hacerlo con un cónyuge residente legal
permanente) y la visa B1B2 no tiene el reconocimiento de ser una visa
con intención dual, podemos concluir que a partir de este momento, no es
aconsejable intentar ajustes con visas B1B2. USCIS – Ciudadanía y
Servicio de Inmigración de los Estados Unidos se rige por el FAM, pero
según parecen las cosas, prontamente se emitirán cambios que modificarán
las regulaciones en ese sentido.
En pocas palabras, la fiesta de los
ajustes por matrimonio con ciudadanos americanos se acabó. Antes, era
posible, ahora, el margen es tan estrecho, que usted puede fácilmente
ser deportado sin muchos trámites por lo que es bien aconsejable
intentar el proceso consular.
En ese sentido, ahora más que nunca
deben de prepararse casos fuertes, bien fundamentados, para que al
momento de la entrevista, no queden aspectos vacíos, dudosos, que puedan
poner en peligro la obtención de la residencia. Además, estos cambios
también hacen posible que los Cónsules anoten en un sistema especial,
sus consideraciones en ese sentido para que usted, con su visa vigente,
pueda ser cuestionado y deportado entrando a los Estados Unidos.
Relativo a la renuncia de la Residencia.
Si usted entiende que no puede residir
de manera permanente en los Estados Unidos después de obtener su
residencia, es bueno que se informe sobre las posibilidades que tiene de
poder preservar su estadía fuera de los Estados Unidos como si
estuviera dentro de los Estados Unidos. Algunas excepciones pueden
aplicarse.
Adicionalmente, su trabajo es
importante, ya que si tiene alguna relación con los Estados Unidos, esta
puede ser una buena excusa para permanecer cierto tiempo fuera.
Recuerde, siempre puede ser pedido otra vez y nada impide que usted
tenga varias peticiones de residencias hechas al mismo tiempo.
FUENTE. DIARIO LIBRE
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