Tribunal Constitucional dice derecho propiedad se puede invocar en amparo
NACIONAL
SANTO DOMINGO.
El Tribunal Constitucional (TC) estableció que la violación al derecho
de propiedad puede ser reclamada en amparo y determinó que el Instituto
Nacional de Recursos Hidráulicos (Indrhi), la Junta de Regantes de
Dajabón y la Junta del Masacre, violentaron el derecho de propiedad de
un agricultor, por lo que les ordenó desocupar los terrenos.
Juan Portalatín Rodríguez Durán interpuso un recurso de amparo, porque durante la realización de movimientos y desplazamientos de tierra ejecutados por el Indrhi y las demás entidades encartadas en el proceso, se ocasionaron daños a la plantación de arroz de su propiedad.
El Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Montecristi declaró inadmisible el recurso, por entender que el caso no es objeto de revisión constitucional en materia de amparo, por lo que el afectado recurrió ante el TC.
El Tribunal Constitucional explicó que el derecho de propiedad es un derecho fundamental establecido en la Carta Magna de la República Dominicana por lo que sí puede ser recurrido en amparo.
Juan Portalatín Rodríguez Durán interpuso un recurso de amparo, porque durante la realización de movimientos y desplazamientos de tierra ejecutados por el Indrhi y las demás entidades encartadas en el proceso, se ocasionaron daños a la plantación de arroz de su propiedad.
El Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Montecristi declaró inadmisible el recurso, por entender que el caso no es objeto de revisión constitucional en materia de amparo, por lo que el afectado recurrió ante el TC.
El Tribunal Constitucional explicó que el derecho de propiedad es un derecho fundamental establecido en la Carta Magna de la República Dominicana por lo que sí puede ser recurrido en amparo.
Cortesia de: Diario Libre
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