Banco Central dice pagos con tarjetas deben efectuarse en pesos dominicanos
Banco Central instruyó a los Operadores de Redes de Terminales de Puntos de Venta al Retiro (TPOS) que este tipo de pago debe hacerse exclusivamente en pesos dominicanos, y en las denominaciones en circulación, que es la única de curso legal con plenos efectos liberatorios para todas las obligaciones públicas y privadas, en todo el territorio nacional.
Para acatar esta instrucción del órgano
responsable de regular el sistema bancario y monetario del país, los
bancos y otros tipos de negocios, tienen un plazo no mayor de 90 días, a
partir de la circular No. 12118, del 25 de agosto de este año.
El Banco Central explica que la moneda
nacional, tal como está definida en la Constitución de la República, es
la única de curso legal con plenos efectos liberatorios en el país.
“Como puede apreciarse, la medida del
Banco Central está dirigida a que los pagos a través de las Terminales
de Puntos de Ventas (TPOS) se realicen en Pesos Dominicanos (RD$),
tomando como referencia la tasa de cambio del día en aquellos casos en
que el precio del bien o servicio esté referenciado o fijado en una
moneda extranjera, lo que, en otras palabras, representa la libre
convertibilidad y condiciones de libre mercado de divisas”, expone
claramente el organismo bancario dominicano.
Un comunicado del Banco Central detalla
que en los últimos años, en el país se ha incrementado el uso de TPOS
exclusivas para pagos en moneda extranjera en una gran variedad de
proveedores de bienes y servicios, tales como tiendas, universidades,
colegios, profesionales independientes, clínicas, compañías de seguros,
inmobiliarias, restaurantes, clubes, agencias de viaje, entre otros.
Indicó que este hecho, ha dado la
situación de que dichos proveedores exigían a sus clientes que los
pagos con tarjetas bancarias sean efectuados exclusivamente en moneda
extranjera, limitando así los derechos del consumidor a pagar en la
moneda nacional de curso legal.
Asimismo, asegura el Banco Central que la
facturación en moneda extranjera al tarjetahabiente por parte del banco
emisor local genera demandas adicionales de dicha moneda, como
resultado del canje de pesos por divisas, y podría afectar las
fluctuaciones normales en el mercado cambiario.
El Banco Central dijo “en el interés de
mantener debidamente edificados a los agentes económicos y al público en
general, y con la finalidad de evitar interpretaciones no apegadas al
espíritu y contenido de la Circular No. 12118 del 25 de agosto de 2016,
dirigida a las empresas operadoras de redes de terminales de puntos de
venta (CardNet, Visanet y Servicios Digitales Popular/Azul), relativa al
uso de Terminales de Puntos de Venta (TPOS, conocidos popularmente como
Veriphones) exclusivas para pagos en moneda extranjera; considera
pertinente expresar esa Circular es producto de un seguimiento del
comportamiento de los sistemas de pagos y no tiene por qué interferir en
el normal funcionamiento del mercado de divisas”.
La entidad bancaria lamenta que algunos
sectores se sientan preocupados con esta medida, que al contrario de
perjudicar a los agentes económicos y a los usuarios de tarjetas
bancarias, los beneficia, en especial al sector turístico, y está en
total consonancia con lo establecido en la Constitución y la Ley
Monetaria y Financiera.
Indicó que, el sector turístico podrá
continuar realizando, como hasta ahora lo ha venido haciendo, sus
operaciones con tarjetas bancarias emitidas en moneda extranjera o
nacional, así como en efectivo en divisas.
“En este caso, deberá señalar en el
recibo correspondiente la tasa de cambio utilizada para realizar la
transacción, como se efectúa en cualquier lugar del mundo. El Banco
Central considera que de esta forma se contribuye a la transparencia de
las operaciones del comercio en general”, sostuvo.


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